Deducciones I+D+i, especialista Finanzas & I+D+i
Las deducciones fiscales por investigación y desarrollo (I+D) e Innovación tecnológica (IT) tienen como objetivo fomentar el cambio de modelo productivo y la mejora de la competitividad a través de la innovación.
Las deducciones fiscales por I+D+i están reguladas por el RD 4/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la LIS, art. 35, modificado por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Su objeto es minorar la cuota íntegra del impuesto de sociedades a través de una deducción que puede alcanzar el 59% del gasto incurrido en proyectos de I+D, y hasta un 12% en proyectos calificados como IT.
La Ley de apoyo a los emprendedores y su internalización (14/2013) establece la posibilidad que las empresas puedan aplicar el 100% de la deducción generada o solicitar a la Agencia Tributaria (AEAT) el abono de la deducción generada, bajo ciertos requisitos.
En cuanto a la reforma fiscal que entró en vigor en 2015, Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades potencia la deducción por I+D e IT, ya que, las empresas que las empresas que destinen más de un 10% de su cifra de negocios a esta actividad podrán deducirse hasta 5 millones de euros.
Se añade al concepto de innovación tecnológica las actividades de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto relacionados con la animación y los videojuegos.
Estos instrumentos son de carácter horizontal, y su aplicación es libre y general, puesto que no existe concurrencia competitiva, ni un presupuesto límite predefinido. Están orientados a incentivar la iniciativa del sector privado, sin condicionar el ámbito innovador al que se orienta la empresa (no están limitados a determinadas áreas, programas o iniciativas).
El sistema español de deducciones fiscales por I+D+i es de los más favorables del mundo. Frente a otros incentivos a la I+D+i, las deducciones fiscales presentan las siguientes ventajas:
Las deducciones por I+D+i son compatibles con las ayudas públicas y el incentivo del art. 23 LIS, PATENT BOX.
Este incentivo permite integrar las rentas procedentes de la cesión de determinados activos intangibles, patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos, derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, creados por la empresa en un 60% de su importe sobre la base imponible, tras Ley 14/2013.
Las bonificaciones a la Seguridad Social del personal investigador están reguladas por el RD 475/2014 y consisten en una bonificación del 40% de las Contingencias Comunes que asume la empresa. El incentivo se liquida mes a mes y se aplica en trabajadores que se dediquen en exclusiva a la I+D+i, con una dedicación superior al 85% de su tiempo.
En Finanzas & I+D+i gestionamos integramente la desgravación fiscal de nuestros clientes por las actividades relacionadas con I+D e IT redactando las memorias técnicas, económicas y fiscales de los proyectos de I+D+i que justifiquen lal deducción generada.
Además, gestionamos la solicitud de informe motivado desde el comienzo del proceso, incluyendo la intermediación con las certificadoras.